Solicita una indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico

Los accidentes de tráfico son cada vez más comunes. Las ocupaciones de la vida cotidiana, en veces, obliga a ciertos conductores a movilizarse con más rapidez. Otros incidentes derivan de la irresponsabilidad de ciudadanos que no respetan las leyes viales. Sin importar cuál sea la razón de accidente, siempre es importante utilizar el cinturón de seguridad. Estos métodos de seguridad ayudan a disminuir la gravedad de una lesión al momento de un incidente de tráfico; pese a ello, el latigazo cervical es una de las lesiones más comunes en estos episodios.

Aunque el cinturón de seguridad mantiene el cuerpo inmóvil al asiento de auto, no ocurre lo mismo con el cuello. Un impacto contra otro auto u objeto puede provocar que la persona haga un movimiento fuerte hacia adelante con el cuello provocando un latigazo cervical. Es por ello que esta es una de las lesiones más comunes en los accidentes de tráfico. Si sufriste un accidente vial y tienes como resultado este esguince, tienes derecho a una compensación. En las próximas líneas te explicaremos cómo solicitar una indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico.

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¿Qué es un latigazo cervical?

 

Un latigazo cervical es una lesión que deriva de un movimiento muy fuerte del cuello. Este movimiento va más allá de su capacidad natural convirtiéndose en una hiperflexión que estropea los músculos, los nervios, los tendones del cuello. Puede llegar a ser tan fuerte hasta dañar los discos; provocando hernias discales, en los episodios más graves.

El nombre de este accidente deriva del movimiento que hace la columna, similar a un latigazo. Esto ocurre cuando el impacto -por lo general- ocurre en la parte trasera del auto; lo que provoca que el cuerpo se vaya hacia adelante, y el cuello de forma brusca hacia atrás.

¿Cómo saber que tuviste un latigazo cervical?

Hay ciertas indicaciones para saber cuándo se trata de un latigazo cervical. Los síntomas más característicos son los siguientes:

  • Dolor de cuello (cervicalgia) incluyendo hombros y brazos.
  • Rigidez en cuello y hombros.
  • Dolor de espalda.
  • Calambres.
  • Vómitos y mareos.
  • Disminución de la fuerza.
  • Hormigueos en brazos, manos o dedos.
  • Contractura muscular paravertebral.
  • Cefaleas o dolores de cabeza.

Es muy común que al momento del accidente no sientas ninguno de estos síntomas antes mencionados. Sin embargo, pasada algunas horas o días, es probable que empieces a sentir las molestias. En caso de que quieras pedir una indemnización, no debes esperar a sentir el dolor; lo ideal es que vayas al médico justo después de sufrir el accidente para detectar o descartar lesiones.

Grado del esguince

Es importante tener presente que, dependiendo de la gravedad de la lesión va a variar la cuantía a recibir por la compensación. Es por ello que es necesario que un médico -de forma inmediata- evalúe la lesión e indique el grado o nivel de gravedad. Aquí te explicamos cuáles son:

  • Grado I: Estiramiento más leve o menor de los tejidos del cuello. No representa rotura de los tejidos del cuello y el dolor es leve. Lo más normal es que la persona sufra rigidez en el cuello. Los síntomas aparecen a las horas, e incluso, días después del accidente.
  • Grado II: Se produce por un estiramiento moderado del cuello y produce un rotura parcial en los tejidos del cuello. El dolor se siente de inmediato y puede causar una posible inmovilidad de la columna cervical.
  • Grado III: Es un estiramiento fuerte con rotura con rotura y separación de los tejidos del cuello. Dependiendo de la gravedad, es posible que el paciente presente daños neurológicos. El dolor es intenso de inmediato y causa inmovilidad en la columna cervical. Asimismo, también es posible hallar lesiones y fracturas vertebrales o luxaciones.

¿Qué consecuencias trae el latigazo cervical?

 

Dependiendo de la gravedad del accidente y el grado en el cual se ubique la lesión, el latigazo cervical puede dejar de menores a mayores consecuencias en la persona. Aquí te dejamos algunas de las secuelas más comunes en estos casos:

  • Síndrome postraumático cervical.
  • Cervicalgia.
  • Hernia cervical operada o sin operar con sintomatología.
  • Artrosis postraumática sin antecedentes.
  • Limitación de movilidad en la columna cervical.
  • Algia postraumática.

Estos son solo alguno de las consecuencias más comunes en un accidente como el antes explicado. Sin embargo, de todas ellas, la secuela más común es el síndrome postraumático cervical. Como antes dijimos, dependiendo de ello, se determinará el valor de la cuantía a recibir. Una cervicalgia puede contabilizarse entre uno a cinco puntos en el baremos. Sin embargo, un síndrome postraumático cervical se computa en ocho puntos; de allí deriva la variación del importe.

Pasos para pedir una indemnización

Una de las razones más llamativas de esta indemnización es el total a recibir. Una persona obtiene desde dos mil a seis mil euros por ella, dependiendo de la gravedad. Sin embargo, no todo es como parece. El total depende de tres opciones por las cuales se divide la compensación.

Punto uno: Días de curación

La indemnización depende, en primera parte, de los días que le toma al lesionado curarse. Esto empieza desde el día del accidente hasta el último día de tratamiento y rehabilitación. En este sentido, este punto se computa de la siguiente forma en 2019:

  • Días básicos: Los días básicos son aquellos que transcurren desde el día del accidente hasta el fin de la rehabilitación. El cómputo para ello es de 31.04 euros por día.
  • Días de perjuicios moderados: Estos responden aquellos cuando el paciente pierde de forma temporal las capacidades para realizar sus actividades cotidianas. Entre ellos destaca la imposibilidad de asistir a su puesto laboral. En este caso se compensa con  52.96 euros cada día.
  • Perjuicio grave: Los días de perjuicio grave son aquellos cuando el lesionado pierde de manera temporal las capacidades para realizar sus actividades cotidianas y las actividades específicas de desarrollo personal. Estos se contabilizan por los días que el paciente esté en el hospital debido a las complicaciones de la lesión. Este punto se indemniza por un total de 76.38 euros por día.
  • Días de perjuicios muy graves: Se aplica esta característica cuando el paciente pierde de forma temporal la capacidad de realizar casi todas sus actividades cotidianas y de desarrollo personal. Esto cuenta los días en los cuales el paciente está en el centro de cuidados intensivos desde el accidente. Por esta causa se indemniza por un total de 101.85 euros por cada día.

Punto dos: Consecuencias del latigazo cervical

El punto dos responde a las consecuencias que derivan del accidente. En este caso se toman en cuenta las secuelas físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y el deterioro estético como causa del incidente. Todas ellas se consideran desde el día del accidente hasta el último día de la rehabilitación o alta médica. Aquí te explicamos cómo se toman en cuenta las secuelas del latigazo cervical.

  • Lesiones de la columna vertebral derivadas de traumatismos menores: Estas son las algias postraumáticas cronificadas y permanentes. También responden a síndrome cervical asociado y/o agravación de artrosis previa. Para este tipo de lesión se contabiliza entre uno a cinco puntos del baremo.
  • Lesiones de la columna vertebral no derivadas de traumatismos menores: En este caso existe una variedad mucho mayor de las lesiones, entre ellas encontramos:
  1. Material de osteosíntesis en columna vertebral. Se indemniza de cinco a 15 puntos.
  2. Osteítis vertebral postraumática sin afectación medular. Se indemniza de 30 a 40 puntos.
  3. Artrosis postraumática sin antecedentes previos. Se indemniza de dos a ocho puntos.
  4. Fractura acuñamiento/aplastamiento. Esta varía entre dos a cinco puntos si es menos de 50 % de altura vertebral y de 11 a 15 puntos si supera más del 50 % de altura vertebral.
  5. Limitación únicamente el segmento dorsal. Se indemniza de dos a 10 puntos.
  6. Alteración de la estática vertebral postfractura. Según el arco de la curva y el grado varía entre uno a 20 puntos.

Cuando conozcas el número de puntos de tu lesión, visita este enlace donde se encuentra la tabla de Baremo y define la cuantía a recibir según el punto de corresponda.

Punto tres: Daños patrimoniales

Los daños patrimoniales derivados del latigazo cervical se dividen en dos partes: daño emergente y lucro cesante. Aquí explicamos cómo responde ambas características.

  • Daño emergente: El daño emergente responde a los gastos por asistencia sanitaria y todos los derivados que requiera el lesionado para curarse. Para ello le recomendamos reunir todas las facturas médicas, dinero invertido en farmacéuticos, collarín, taxi y movilidad para asistir a citas médicas y rehabilitaciones y más.
  • Lucro cesante: Responde a la pérdida de ingresos netas invertidos en el tiempo de curación. Para definirlo debe reunir todos los ingresos análogos del año previo para comparar.

Después de conocer todo el proceso y reunir toda la evidencia. Debe asesorarse con un especialista en reclamos e idemnizaciones. Ponerse en contacto con la compañía aseguradora y emitir la indemnización. Siga todos los pasos del experto y de seguro tendrá un caso exitoso.

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